Estatutos

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ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN EN GENERAL

Artículo 1º.
La ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ECOGRAFIA DIGESTIVA (AEED), se constituye para agrupar a cuantos médicos y miembros de profesiones afines que tengan o puedan tener un marcado interés en la asistencia, docencia e investigación de la ecografía digestiva diagnóstica y terapéutica y procedimientos relacionados con la utilización de esta técnica. Su duración es ilimitada, su ámbito de actuación será nacional y se acoge a lo dispuesto en la vigente ley de asociaciones y normas complementarias así como por los presentes Estatutos.


Artículo 2º.
Son fines de la Asociación:

a. Cultivar y difundir los procedimientos y técnicas ecográficas.

b. Contribuir a la formación en ecografía digestiva de médicos y miembros de profesiones afines, así como el perfeccionamiento profesional en esta técnica de todos sus miembros y demás profesionales de la Sanidad.

c. Fomentar la investigación, el desarrollo, la difusión y la calidad de todos los aspectos relacionados con la ecografía digestiva.

d. Acreditación en ecografía digestiva.


Artículo 3º.
Para llevar a cabo sus fines la AEED se propone lo siguiente:

a. Organizar y celebrar, al menos, una reunión anual para todos sus miembros asociados, convocada con la debida antelación

b. Estimular, organizar y catalogar las actividades aprobadas por la Junta Directiva de la Asociación destinadas a la formación y perfeccionamiento en la Ecografía Digestiva.

c. Organizar, dirigir y supervisar o colaborar en cuantos cursos, cursillos, conferencias, etc., estén de acuerdo con sus propios fines.

d. Publicar trabajos en revistas científicas.

e. Mantener y difundir la información científica relativa a la ecografía digestiva e informar sobre los avances técnicos en la misma.

f. Relacionar a sus miembros con otras sociedades de ramas afines dentro y fuera de nuestras fronteras.

g. Nombrar miembros corresponsales y miembros de honor de la Asociación entre las personalidades más destacadas de sociedades tanto nacionales como extranjeras.

h. Adoptar cualquier otro medio adecuado para el cumplimiento de los fines señalados.


Artículo 4º.
El domicilio de la Asociación radicará en la ciudad de Madrid, en el Colegio Oficial de Médicos de Madrid, c/ Santa Isabel 51, 28012 Madrid.

Podrán ser creados locales sociales en otras ciudades mediante acuerdo adoptado por la Asamblea General Ordinaria, la cual tendrá atribuciones para cambiar, tanto el domicilio como los locales, dando cuenta de su acuerdo a la autoridad competente.


Artículo 5º.
La Asociación desarrollará sus actividades en todo el territorio nacional, tendrá duración indefinida y sólo se disolverá por acuerdo de la Asamblea General extraordinaria y por cualquiera de las causas previstas en las leyes.


Artículo 6º.
La Junta Directiva será el órgano competente para interpretar los preceptos contenidos en estos Estatutos y cubrir sus lagunas, siempre sometiéndose a la normativa legal vigente en materia de Asociaciones.

Los presentes Estatutos serán desarrollados y cumplidos mediante los acuerdos que válidamente adopten la Junta Directiva y la Asamblea General, dentro de su respectiva competencia.

Actualizado 11-06-2014

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14 Congreso de la Sociedad Española de Diagnóstico por Imagen del Abdomen

Se celebrará en Santiago de Compostela (Facultad de medicina) los días 16 y 17 de Octubre de 2014.

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Se celebrará en Barcelona, en el Hospital Clínic, el 12-14 de Junio de 2014.

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XIX Symposium sobre tratamiento actual de las enfermedades digestivas

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Reunión Anual 2014

La XXV Jornada Nacional de Ecografía Digestiva se celebrará en CÁDIZ los días 25 y 26 de abril de 2014.